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Cultura

Julian Assange: Mártir de la Libertad de Expresión

Revista MOMENTOS
Última actualización: mayo 7, 2024 9:36 am
Revista MOMENTOS
Publicado: mayo 9, 2024
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En los próximos días el Gobierno Británico va a extraditar a Estados Unidos a Julian Assange, australiano de 52 años de edad, por el supuesto delito de espionaje, al haber publicado a través de Internet material secreto de las guerras de Irak y Afganistán, en las que participó Estados Unidos.

Dr. Miguel Rujana Quintero.

POR MIGUEL RUJANA QUINTERO

Docente Investigador de Unisinú Bogotá.

¿Por qué acusar a Julian Assange por publicar en su sitio web, WikiLeaks, miles de archivos confidenciales del Pentágono, y la CIA, que develan torturas, vigilancias masivas, injerencia sobre gobiernos extranjeros, masacres de civiles en Irak y Afganistán? ¿Qué tiene de malo que desnude a la “policía del planeta”, que hurgue en los sótanos del “poder secreto”, aquel que escapa al escrutinio ciudadano?

Son muchos los gobiernos que se autodenominan “democráticos” y, a la vez, violan leyes para acallar a quienes amenazan el statu quo. Con esta persecución a Assange, Estados Unidos y Reino Unido (cómplice de este exabrupto desde 2019, cuando lo encarceló), se igualan por lo bajo con democracias y reinos de papel como Guatemala, Nicaragua, Venezuela, Siria, Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos, y otros. No exagera el periodista Thomas Fazi (de la revista UnHerd) cuando afirma: “Si el Estado británico permite que Assange sea extraditado, no estará asestando un golpe potencialmente mortal solo a un hombre, sino al propio Estado de derecho”. El Espectador/ 23, 02,2024 Colombia. Por Ana Cristina Restrepo Jiménez.

No solamente el caso WikiLeaks está en investigación en Estados Unidos, por el derecho a la libertad de expresión. También hoy se investiga el caso de Edward Joseph Snowden. Un antiguo empleado de la CIA y de la NSA (Agencia de Seguridad Nacional), contra quien pesan medidas de captura emitidas por una Fiscalía del Estado de Virginia (Estados Unidos), porque hizo públicos en 2013, a través de los periódicos The Guardian y The Washington Post, documentos clasificados sobre varios programas de espionaje tecnológico para vigilancia masiva. Snowden debió refugiarse en Rusia desde agosto de 2013, hasta hoy. El 26 de septiembre de 2023, el presidente ruso le otorgó la nacionalidad.

Julian Assange es acusado de 18 cargos contra la Ley de Espionaje de EEUU, por publicar en 2010, medio millón de documentos, principalmente sobre las actividades militares estadounidenses en Oriente Medio. Entre ellas, las llamadas Afghan Leaks, una recopilación de registros militares internos ultrasecretos sobre la guerra en Afganistán de 2004 a 2009. Una filtración de datos que está considerada entre las mayores de la historia militar de Estados Unidos. Y que «ofrece una imagen incolora y oscura de la guerra afgana», según escribe el New York Times. A finales 2015 y principios de 2016, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria, declaró que Assange fue detenido ilegalmente y recomendó su liberación inmediata y una indemnización. Gran Bretaña calificó el fallo de «ridículo».

Los fiscales norteamericanos dicen que Assange conspiró con el apoyo de la analista del ejército estadounidense Chelsea Manning, quien le entregó la información. La analista fue condenada a 35 años de prisión. Barack Obama la indultó al final de su gobierno.2

El caso Assange se enmarca dentro de la larga disputa entre el derecho a la libertad de expresión y el poder. Debate iniciado en la Suprema Corte de los EEUU, con el texto de la primera enmienda de la Constitución, que dice: “El Congreso no sancionará ninguna ley […] que limite la libertad de expresión […]”. Es decir, que la legislación que limite esta libertad está prohibida, más no la legislación que la amplíe y la enriquezca. El texto constitucional no tiene condición alguna. No admite excepciones. Bajo ninguna circunstancia se limitará. Esta prohibición vale en la guerra y en la paz, en el peligro y en la seguridad. Los fundadores que adoptaron la Carta de Derechos, no ignoraban las necesidades de la guerra ni las del peligro nacional. Y las tenían en mente cuando plantearon defender la libertad de discusión sobre ellas. A partir de su propia y amarga experiencia, sabían cómo el terror y el odio, cómo la guerra y la lucha pueden llevar a los hombres a cometer actos irracionales de supresión. Por consiguiente, para ambos casos, la guerra y la paz, establecieron la prohibición absoluta, incondicional, de limitar la libertad de expresión.7

De la interpretación de la primera enmienda hay al menos dos importantes doctrinas que han orientado este derecho: una lo restringe o limita y la otra le da vis expansiva al derecho. Aquella surgió a cargo del juez Learned Hand, en el caso Masses Publishing Co. vs. Patten, No 244 F 535, S.D.N.Y. de 1917. Esta jurisprudencia confirmó la sanción a un grupo de izquierdistas críticos de la política militarista y de guerra; los implicados al parecer violaban la Ley de Espionaje del mismo año. Esta doctrina consideró que se abusaba del derecho con expresiones claras de ofensas. El proveído buscó eludir la discusión sobre la intención del orador para centrarse en la literalidad de la expresión cuestionada, es decir, que lo importante en el caso era establecer si en el discurso aparecían explícitamente palabras para incitar a la crítica y a la desobediencia, así la intención fuera loable o aun patriótica.

Una nueva doctrina se abre paso en el caso Abrams vs. United States, de 1919. El Juez John Hessin Klarc condenó a un grupo de personas por distribuir propaganda en favor de la Revolución rusa, con fundamento en la tesis de la “doctrina del peligro claro y actual”, siguiendo la línea de la sentencia antes citada. Sin embargo, los votos disidentes del Juez Oliver Wendell Holmes y de Louis Brandeis, proponen la otra doctrina de la libertad de expresión. Estos señalaron que la decisión mayoritaria era contraria a la búsqueda de la verdad, a una comunidad política democrática y al “libre intercambio de ideas”. Y contraria a la doctrina que sostiene que sólo en el mercado e intercambio de ideas es posible alcanzar la verdad, por el poder del pensamiento de hacerse aceptar en virtud de esta “competencia de ideas”.

El debate se sintió con mayor rigor en el período de la Guerra Fría, que desató el llamado «macartismo”. En el caso de Dennis v. United States, de 1951, el Juez Frederick Moore Vinson, condenó a activistas del partido comunista (amparado en el principio de la “mala tendencia” y del “peligro claro y actual”). A esta tesis, se opusieron con salvamento de voto el Juez William Orville Douglas y Hugo Lafayette Black, firmes defensores de la primera enmienda en el sentido propuesto por Holmes, del “mercado de ideas”, con el siguiente argumento: “Cuando la creencia en una idea es castigada, como hoy, sacrificamos ideales democráticos y los sustituimos por una filosofía extraña y totalitaria”.

En el caso de New York Times Co. v. Sullivan, de 1964, el juez William Brennan señaló sobre la primera enmienda, que esta norma constituía el núcleo de un debate público, abierto, desinhibido y robusto, por lo que la censura tendría difícil cabida en los casos que no fueran de seguridad nacional y orden público, legítimamente válidos y comprobados. “Seguridad nacional” que va a negar el Juez Black, en el caso de los Pentagon Papers de 1971, por falta de pruebas. Estas posturas van a marcar la tendencia sobre libertad de expresión en los siguientes años.

La sentencia emblemática contra la censura, y que reitera la tendencia ya marcada por la jurisprudencia anterior, se expuso ante el intento del presidente Richard Nixon en 1971, de impedir la publicación, en The New York Times y The Washington Post, de los Documentos del Pentágono (Pentagon Papers), que contenían un estudio detallado y las decisiones del Departamento de Defensa con relación a la guerra de Vietnam. La solicitud de censura previa del presidente Nixon a los tribunales para que se prohibiera su publicación le fue denegada en sentencia 403 U. S. 713, por el Juez Hugo Lafayette Black, en el caso New York Times Co. v. United States, de 1971.

En esta sentencia prosperó la defensa de la primera enmienda contra el argumento de la seguridad nacional. El Juez Black precisó que: “… a pesar del enfático mandato de la primera enmienda, el poder ejecutivo, el congreso y el poder judicial, hacen leyes prohibiendo la publicación de noticias de actualidad que restringen la libertad de prensa, en nombre de la seguridad nacional […], sin tener en cuenta que la palabra “seguridad” es amplia, generalmente vaga, cuyos contornos no deben ser invocados para arrogarse la ley fundamental consagrada en la primera enmienda”.3

Pese a su aparente contundencia a favor de la vis expansiva de la libertad de expresión, las posturas jurisprudenciales citadas, y otras de similar envergadura, siguen siendo controversiales. No todos los teóricos dedicados al estudio de la libertad de expresión les atribuyen el mismo significado filosófico. Así, mientras que algunos autores encuentran en las últimas sentencias citadas la garantía de la búsqueda de la verdad, otros les atribuyen a las limitaciones de este derecho la protección de la democracia, o mejor, del poder del gobierno.

De acuerdo con las últimas sentencias citadas es probable que la Suprema Corte de los Estados Unidos decida favorablemente el caso de Assange. Además, porque el material probatorio es suficiente: Assange no saqueó el material secreto, lo hizo la agente del ejército estadounidense indultada por Obama. Assange los publicó en redes, pero los cinco medios más famosos del mundo (citados más adelante) los difundieron masivamente. No tuvo la intención de hacer daño a los EEUU, solo quiso un debate público, abierto, robusto, desinhibido y transparente, como en efecto sucedió. Hace 14 años los ciudadanos no paran de hablar del material filtrado y de la corrupción que allí se observa. Ningún militar o funcionario murió por ello.

8La posible extradición de Julian Assange a Estados Unidos ha movilizado una campaña internacional organizada por Reporteros Sin Fronteras. Señalan que “supondría un golpe sin precedentes a la libertad de prensa”, advierten desde la organización. Naciones Unidas también se ha mostrado en contra de la extradición de Assange. “Las repercusiones de este caso podrían influir significativamente en el periodismo internacional y en la libertad de expresión”, indicó la relatora especial sobre tortura de la ONU.

“Las acusaciones contra Assange podrían ser aplicadas contra cualquier otro periodista europeo”, advierten todos los medios. Hasta los cinco periódicos que revelaron los cables de WikiLeaks en el 2010 – New York Times, Le Monde, The Guardian, Der Spiegel y El País– publicaron un editorial conjunto advirtiendo que se estaba sentando un “precedente peligroso”. “Obtener y divulgar información sensible cuando sea necesario en el interés público es una parte central del trabajo de los periodistas. Si se criminaliza ese trabajo, nuestro foro, discurso público y nuestras democracias se debilitan significativamente”, concluyeron.4

Su arriesgada maniobra en nombre de lo que Assange denominó «traer a la luz las políticas de gobierno de conspiración y miedo» le valió ser el hombre del año de la revista ‘Time’ en el 2010.5 WikiLeaks, Julian Assange y sus periodistas han ganado numerosos premios, así como nominaciones al Premio Mandela de la ONU (2015) y nominaciones en seis años consecutivos al Premio Nobel de la Paz (2010-2015).6

Si bien la tendencia jurisprudencial del “debate público y abierto” parece favorecer a Assange, la realpolitik del Gobierno de los Estados Unidos es contundente: desfavorece la causa de su libertad. Antes de que el caso llegue a la Corte, el gobierno americano ya habría cosechado toda su arrogancia. Lo quiere en la cárcel: ya lleva 14 años sin libertad por cuenta del caso. Quiere aliados en esta causa: algunos estados europeos, (que hicieron el trabajo deshonroso, obedeciendo ciegamente), capturaron a Assange para entregarlo a Estados Unidos. Quiere que el mundo no dude de su democracia ni de su poder a pesar del juicio ilegal, de su legalismo autoritario, de la impiedad de sus gobernantes, solo porque Joe Biden respondió que “estaba considerando” entregar a Assange a Australia, que últimamente lo reclama.

Al Gobierno de Estados Unidos solo le interesa el poder. La libertad de expresión también, si no atenta contra aquel, contra la “seguridad nacional”. A pesar de que hay sentencias que desautorizan este argumento (caso Pentagon Papers, antes citado). “A los gobiernos y regímenes militares de todo el mundo les gusta decir que la censura (incluso fuera de contextos de guerra) es necesaria para proteger la seguridad nacional. En realidad, es todo lo contrario. Sin testigos independientes de la guerra, todos los bandos pueden cometer atrocidades con impunidad”.10

Al Gobierno norteamericano le interesa el poder: oír al mundo suplicar por Assange. Causarle al mundo la mayor incertidumbre, la sensación absoluta de vulnerabilidad y la necesidad inaplazable de obediencia. Sin ningún ejercicio de fuerza, “solo le interesa tomar sitio en el alma del otro”, con la idea de supremacismo incontrovertible. Si a Assange lo absuelve una corte americana, el triunfo será pírrico, si lo condena nada pasaría, el mundo sigue. No igual, más sumiso. 9

                                                                                                

1-https://www.akal.com/media/akal/images/cover-53622.jpg

2-https://movimientos.org/es/content/cesar-la-persecuci%C3%B3n-julian-assange-y-proteger-su-derecho-de-asilo

3-https://www.rsi.ch/info/mondo/Caso-Julian-Assange-una-breve-cronistoria–2075921.html

4-LIBRO RUJANA (PÁGINA 72 a 78) MIGUEL RUJANA QUINTERO/. Fuente de sentencias estadounidenses citadas: U. S. Supreme Court Center.

5-https://www.lavanguardia.com/internacional/20240305/9535301/china-vuelve-situar-5-perspectiva-crecimiento-economico-anual.html

6-https://www.newtral.es/julian-assange/

7-https://www.france24.com/es/historia/20200227-historia-julian-assange-wikileaks-extradicio

8-(Ver en el texto “Los gobernantes y los gobernados”, de  Alexander Meiklejohn).

9-https://encrypted-tbn0.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcRinFg0yQBp95rIiBmU1q8LoFSWC2ipgo87lS9OU4-wlg&s

10-El espectador/domingo 21 de abril 2024. *Este artículo apareció originalmente en The New York Times. 

 

 

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